Micelio
Auto5 de mayo de 2010

A- de 2010

Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

Demandante Castulo Ludgerio Chindoy Vs Cabildo Kamentsa De Sibundoy

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A Un Juez Imparcial
  • Garantía esencial para la existencia de un Estado de Derecho y un bien imprescindible en todo Estado democrático
Accion De Tutela Contra Cabildo Indigena
  • Competencia de Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito
Principios De Independencia E Imparcialidad Del Juez
  • Son básicos y esenciales en la Administración de Justicia
Sala Disciplinaria Del Consejo Superior De La Judicatura
  • Dirime conflictos de competencia entre distintas jurisdicciones
5 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Sibundoy y las autoridades de la comunidad Kamentsa, que solicitan se les remita el expediente.

La Sala encuentra necesaria la existencia de un tercero imparcial que decida el conflicto, el cual se desconocería si el caso fuese remitido a las autoridades del mismo cabildo accionado, por lo tanto se decide remitir el expediente al Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Sibundoy.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. REMITIR el expediente contentivo de la acción de tutela instaurada por el señor Castulo Ludgerio Chindoy Jacanamejoy contra el Cabildo Kamëntsá de Sibundoy, al Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Sibundoy, con el fin de que continúe con el trámite de la acción de amparo conforme a las previsiones del artículo 86 de la Constitución Política y del Decreto 2591 de 1991.
  2. SEGUNDO. Por Secretaría General COMUNICAR al Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Sibundoy la decisión adoptada en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.